Los días de permiso por asuntos particulares son 6 al año.
Los días de permiso por asuntos particulares por antigüedad pueden ser hasta 2 días adicionales de permiso por asuntos particulares al cumplir el 6º trienio, incrementándose, como máximo, en un día adicional por cada trienio cumplido a partir del 8º.
Por días adicionales de vacaciones por antigüedad, cada Administración Pública puede establecer hasta un máximo de 4 días adicionales, en función del tiempo de servicios prestados por los funcionarios públicos.
Actualidad jurídica
Suscríbase vía email
Comentarios: 0 comentarios