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Madrid. Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio

Se atribuyen al titular de la Consejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del Territorio las competencias previstas en L Madrid 1/1983 art.41 y, en particular, las relativas a medio ambiente, evaluación ambiental, agricultura, ganadería, desarrollo rural, administración local, urbanismo, estrategia territorial y suelo.
Su estructura orgánica se configura por los siguientes órganos:

Viceconsejería de Medio Ambiente, Administración Local y Ordenación del territorio
Dirección General del Medio Ambiente
a) Conservación del Medio Natural y Espacios Protegidos:
– Promoción de la mejora del patrimonio natural
– Ordenación y planificación de los recursos naturales y la recopilación y actualización permanente de información para la evaluación y caracterización del medio natural
– Ejercicio de competencias en materia de montes, recursos naturales, caza, pesca y aprovechamientos forestales
– Seguimiento, desarrollo y revisión del plan forestal y elaboración y seguimiento de los planes de defensa y conservación de los ecosistemas forestales
– Planificación, defensa, control y vigilancia de los montes y conservación de los recursos forestales
– Ejercicio de las competencias como autoridad de la Red Natura 2000
– Planeamiento, gestión, seguimiento y protección de los espacios naturales protegidos y de embalses y humedales catalogados
– Ejercicio de las competencias para la gestión del Parque Nacional Sierra de Guadarrama
b) Evaluación ambiental:
– Ejercer las competencias como órgano ambiental en los procedimientos de evaluación ambiental estratégica
– Emitir informes ambientales sobre el planeamiento urbanístico
– Tramitación y resolución de los procedimientos de evaluación de impacto ambiental de proyectos y actividades
– Tramitación y seguimiento de la autorización ambiental integrada
– Administración y gestión del registro de emisiones y transferencias contaminates; actuación como organismo competente en la promoción y fomento de modelos, innovaciones, sistemas e instrumentos voluntarios de gestión ambiental
c) Calidad ambiental:
– Elaboración y seguimiento de los programas autonómicos de prevención de residuos y de los planes autonómicos de gestión de residuos y contaminación de suelos
– Tramitación y resolución de los procedimientos de declaración de suelo contaminado
– Administración y gestión del inventario de suelos contaminados
– Administración y gestión del Registro de producción y gestión de residuos
– Seguimiento y control de las actividades de producción y gestión de los residuos, así como el otorgamiento de la autorización del traslado de residuos
– Elaboración y seguimiento de los planes y programas relacionados con la calidad del aire y con el cambio climático
– Autorizaciones para las actividades potencialmente contaminadoras de la atmósfera
– Tramitación, resolución y seguimiento de las autorizaciones de emisión de gases de efecto invernadero
– Coordinación con los organismos de gestión del agua
d) Inspección y disciplina ambiental:
– Inspección y seguimiento de las actividades sujetas a control ambiental
– Recepción de las denuncias y tramitación de los expedientes sancionadores incoados por infracciones de la normativa ambiental
Dirección General de Agricultura y Ganadería
Dirección General de Administración Local
Dirección General de Urbanismo
a) Competencias generales:
– Programación, coordinación y ejecución de las líneas de actuación y la elaboración de los proyectos y anteproyectos normativos relativos a su ámbito competencial
– Tramitación y resolución de expediente administrativos par ala concesión de autorizaciones y licencias.
– Responsable de los ficheros y archivos y representación en órganos colegiados.
– Inspección y ejercicio de la potestad sancionadora.
b) Urbanismo
– Preparación, redacción y propuesta de los instrumentos de ordenación territorial.
– Preparación, redacción y propuesta de los informes de impacto territorial.
– Estudio y planificación integrada de los distintos sectores que deban considerarse en la planificación territorial.
– Colaboración y concertación con otros órganos administrativos.
– Formación, actualización y edición topográfica.
– Formación de bases de datos urbanísticas y territoriales.
– Preparación, redacción y propuesta de resolución de los instrumentos de planeamiento general y de desarrollo cuya iniciativa corresponda a la Comunidad de Madrid así como la tramitación y propuesta de resolución de los instrumentos de planeamiento general y de desarrollo de iniciativa municipal.
– Tramitación, elaboración de informes, propuestas de resolución de calificaciones urbanísticas y tramitación y resolución de proyectos de actuaciones especial.
– Tramitación, elaboración y propuestas de resolución de otros expedientes en materia de urbanismo.
– Registro de los convenios urbanísticos y Registro de los planes de ordenación urbanística.
c) Suelo
– Planificación, impulso, gestión y coordinación de las políticas de suelo, así como el fomento de estudios en esta materia.
– Diseño del sistema de información de suelos disponibles.
– Administración y gestión de los bienes y derechos integrantes del patrimonio del suelo.
– Gestión de todas las cuestiones relacionadas con el patrimonio del suelo.
– Tramitación de los proyectos de expropiación forzosa, retasación y reversión.
– Formulación de propuestas necesarias para la preparación y adquisición de suelo.
– Valoración de suelo.
– Defensa de los intereses autonómicos frente al planeamiento y sistemas de ejecución urbanística.
– Programación y gestión de actuaciones públicas de suelo.
– Actividades de creación de suelo urbanizado para uso residencial, industrial y de servicios.
Secretaría General Técnica
 

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