Ostentan la condición de asegurado del Sistema Nacional de Salud quienes, entre otros supuestos, hayan agotado la prestación o el subsidio por desempleo u otras prestaciones de similar naturaleza, se encuentren en situación de desempleo, no acrediten la condición de asegurado por cualquier otro título y residan en España.
A partir del 1-1-2016, a los solos efectos de lo anteriormente indicado, la realización de trabajos por cuenta ajena o propia, por un período inferior a 6 meses, cuando no se acceda a nueva prestación o subsidio por desempleo, no va a impedir recuperar la condición de parado que agotó la prestación o el subsidio por desempleo.
Actualidad jurídica
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